El malasio Kho Jabing agotó todas las instancias legales de apelación de que disponía el 27 del pasado mes de abril y pidió el indulto al presidente de Singapur. Si se rechaza su petición, su ejecución puede ser inminente.
Kho Jabing, de 31 años, y otra persona acusada junto con él fueron declarados culpables de asesinato y condenados a muerte preceptivamente el 30 de julio de 2010. En aquel momento, la pena de muerte era el castigo preceptivo para el delito de asesinato. El 24 de mayo de 2011, el Tribunal de Apelación modificó la sentencia del coacusado, declarándolo culpable de "atraco con lesiones" y confirmó la de asesinato de Jabing y su condena a muerte.
En 2012 se revisaron las leyes que declaraban preceptiva la pena capital y se introdujo cierta discrecionalidad en casos relacionados con narcotráfico y asesinato. El 30 de abril del año siguiente, el Tribunal de Apelación confirmó que el caso de Kho Jabing se ajustaba a la definición de asesinato en aplicación del artículo 300.c del Código Penal, que señala la ausencia de intención de causar la muerte y permite imponer a los jueces de manera discrecional la pena de muerte o la de cadena perpetua y azotes con vara. El caso fue remitido al Tribunal Superior para que volviera a fijar la pena y éste condenó ese mismo año a Jabing a cadena perpetua y 24 azotes con vara. Sin embargo, la fiscalía recurrió la decisión.
El 14 de enero de 2015, el Tribunal de Apelación, que por primera vez tenía la posibilidad de decidir el castigo a imponer en un caso de asesinato que permitía cierta discrecionalidad, volvió a condenar a muerte a Kho Jabing. Tres de los cinco magistrados votaron a favor de la pena capital. Si se rechaza la petición de indulto, Jabing corre peligro de ejecución inminente.
En Singapur las ejecuciones no cesan. Muhammad bin Kadar fue condenado a muerte preceptivamente por asesinato en abril de 2009. Más de dos años más tarde, en julio de 2011, se rechazó su recurso de apelación. Cuando se modificaron las leyes de preceptividad de la pena de muerte, en 2012, solicitó que el Tribunal de Apelación volviera a considerar su pena.
El 29 de septiembre de 2014, el tribunal aclaró que Muhammad bin Kadar había sido declarado culpable de homicidio intencional en aplicación del artículo 300.a del Código Penal, que sigue conservando la pena de muerte preceptiva como único castigo posible, y confirmó la pena capital. Fue ejecutado en el complejo penitenciario de Changi (Singapur) el 17 de abril de 2015.
Singapur llevó a cabo sus primeras dos ejecuciones desde que se produjo el cambio legislativo el 18 de julio de 2014,. Tang Hai Liang y Foong Chee Peng fueron ejecutados en la horca tras haber sido declarados culpables y condenados preceptivamente a muerte en virtud de la Ley sobre Consumo de Drogas por traficar con 89,55 g y 40,23 g, respectivamente, de diamorfina. Con su ejecución se puso fin a la suspensión de la aplicación de las condenas a muerte que se estableció en julio de 2012 para que el Parlamento pudiera examinar las leyes del país sobre preceptividad de la pena de muerte.
Tras la aprobación de dichas modificaciones los tribunales de Singapur gozan de discrecionalidad para no imponer la pena de muerte en ciertas circunstancias. En los casos de asesinato, ahora el reo puede no ser condenado a muerte si el delito entra dentro de los tipificados en los artículos 300.b y 300.c del Código Penal y se demuestra que no hubo intención de causar la muerte.
En los casos relacionados con drogas, esto es posible si el acusado sólo ha participado en el transporte, envío o entrega de una sustancia ilegal, o si sólo se ha ofrecido a cometer tales actos. Igualmente, el acusado puede no ser condenado a muerte si demuestra haber sufrido "un grado de enajenación mental tal [...] que haya mermado considerablemente sus facultades para responsabilizarse de sus actos y omisiones [...]".
Para que el acusado no sea condenado a muerte en un caso de narcotráfico, la fiscalía ha de estar convencida de que ha ayudado de manera sustantiva a la Oficina Central de Narcóticos a desbaratar actividades de tráfico de drogas. El pasado año se dictaron en Singapur tres nuevas condenas a muerte, todas ellas impuestas preceptivamente por narcotráfico. Amnistía Internacional registró en el país cinco conmutaciones de condenas a muerte en 2014: Se creía que, al finalizar 2014, había 22 personas en espera de ejecución.
En el caso de Kho Jabing, el Tribunal de Apelación de Singapur tuvo que considerar por primera vez cómo determinar la pena a imponer en un caso de asesinato. Cabían dos opciones: pena de muerte o cadena perpetua con azotes con vara. Para este caso y otros en el futuro, los cinco magistrados del tribunal decidieron por unanimidad que debe imponerse la pena de muerte cuando el asesino haya "mostrado ensañamiento o un desprecio manifiesto hacia la vida humana" al cometer el crimen.
Si bien los cinco jueces estuvieron de acuerdo en que las pruebas disponibles en el caso de Kho Jabing no permitían reconstruir de forma precisa el asesinato, llegaron a diferentes conclusiones respecto a la posibilidad de demostrar más allá de toda duda razonable que hubiera asestado más de dos golpes en la cabeza de la víctima, demostrando "un desprecio manifiesto hacia la inviolabilidad de la vida humana".
Tres de los jueces concluyeron que los actos de Kho Jabing merecían ser castigados con la muerte, mientras que otros dos sostuvieron que las pruebas disponibles no demostraban con certeza que hubiera golpeado a la víctima más de dos veces. Por consiguiente, volvió a imponerse la pena capital por una estrecha mayoría de tres a dos, cerrando toda posibilidad de apelación ante otra instancia legal.
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