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09 diciembre 2014

Encarcelado en Turquía el objetor de conciencia Haluk Selam Tufanlı

El objetor de conciencia Haluk Selam Tufanlı fue condenado a 10 días de cárcel el 4 de diciembre tras ser declarado culpable por un tribunal militar de Lefkoşa/Nicosia —territorio del norte de Chipre— de "desobediencia de la llamada a la movilización" por negarse a participar en una jornada de instrucción militar en 2011.

Tufanlı se declaró objetor de conciencia el 8 de diciembre de 2011, un mes después de negarse a asistir a la llamada anual a la movilización el 2 de noviembre de 2011. En 2009 y 2010 lo habían obligado, mediante coacción, a realizar el servicio militar obligatorio. 

Tras declararse objetor de conciencia, se ha negado a acudir a la llamada anual a la movilización. Aún no han comenzado los procedimientos ante un tribunal militar por su negación a participar en una jornada de instrucción militar en los años 2012, 2013 y 2014.

Al declarar su objeción de conciencia, Tufanlı dijo: "Me obligaron a realizar el servicio militar en 2009y 2010. Durante 15 meses, mi vida estaba en manos de individuos cuya palabra vale más que la mía. Durante el servicio militar, que comencé con 27 años, los amigos con los que había compartido mi vida fueron presentados como mis enemigos. 

Un año después de terminar el servicio militar, me ordenaron participar en una jornada de instrucción militar como parte de una llamada a la movilización. Me dijeron que, hasta que declarasen lo contrario, yo era soldado. Soy antimilitarista y estoy en contra de las guerras, y por ello, mi conciencia se niega a participar en movilizaciones militares, como preparación para la guerra."

El territorio del norte de Chipre no reconoce en su legislación interna el derecho a la objeción de conciencia, ni ofrece una alternativa civil al servicio militar. Los objetores de conciencia que ha manifestado públicamente su negativa a cumplir el servicio militar han sido objeto de procesamiento penal y encarcelamiento por periodos de hasta un año por ello (artículo 40 de la Ley del Servicio Militar.) 

La negativa a cumplir un orden se pena con entre 2 y 10 años de prisión, según la gravedad del delito (artículo 56 de la Ley del Servicio Militar). Tras realizar el servicio militar, todos los hombres hasta la edad de 40 años deben asistir a una jornada anual de instrucción militar. Negarse a participar en esta instrucción militar se considera un delito punible con penas de prisión.

El derecho a negarse a cumplir el servicio militar por motivos de conciencia es intrínseco a la noción de libertad de pensamiento, conciencia y religión, consagrada en diversos instrumentos internacionales de derechos humanos, como la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y el Convenio Europeo de Derechos Humanos, en los que Turquía es Estado Parte, por lo que cabe aplicarlos extraterritorialmente en el territorio del norte de Chipre.

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